ACTUALIZACIÓN A día 9 de octubre
ORDEN 1273/2020, de 1 de octubre, de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid
HOSTELERÍA
Se mantiene el aforo al 50% en establecimientos de hostelería, con la prohibición de consumo en barra, la agrupación de mesas con un máximo de 6 personas, admisión de clientes hasta las 22:00 horas y cierre a las 23:00 horas.
AFORO EN LUGARES DE CULTO
Se mantiene el aforo en lugares de culto a un tercio del aforo disponible, siempre respetando la distancia de seguridad de 1,5 metros y garantizando siempre el uso de mascarilla.
REUNIONES
Se mantiene el número de personas en reuniones familiares y de amigos a 6 personas.
INSTALACIONES DEPORTIVAS
Se reduce el aforo al 60% al aire libre y 50% en interior. Los grupos se limitan a 6 personas salvo competiciones oficiales.
ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES
Se mantiene el aforo en establecimientos comerciales al 50%, y el horario de cierre será a las 22:00 horas.
AFORO EN VELATORIOS
Se mantiene el aforo en velatorios a un máximo de 15 personas al aire libre y 10 personas en espacios cerrados.
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